sábado, 18 de abril de 2009

MINISTERIO DE HACIENDA

funciones:
Corresponde al Ministerio de Hacienda y Crédito Público el ejercicio de las siguientes funciones:
Participar en la definición y dirigir la ejecución de la política económica y fiscal del Estado;
Coordinar con la Junta Directiva del Banco de la República las políticas gubernamentales en materia financiera, monetaria, crediticia, cambiaria y fiscal;
Preparar, para ser sometidos a consideración del Congreso de la República, los proyectos de acto legislativo y ley, los proyectos de ley del Plan Nacional de Desarrollo, del Presupuesto General de la Nación y en general los relacionados con las áreas de su competencia;
Preparar los proyectos de decreto y expedir las resoluciones, circulares y demás actos administrativos de carácter general o particular, necesarios para el cumplimiento de sus funciones;
Cumplir las funciones y atender los servicios que le están asignados y dictar, en desarrollo de la ley y de los decretos respectivos, las normas necesarias para el efecto;
Coordinar, dirigir y regular la administración y recaudación de los impuestos que administra la Unidad Administrativa Especial, Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales; y regular de conformidad con la ley, la administración y recaudo de las rentas, tasas, contribuciones fiscales y parafiscales, multas nacionales y demás recursos fiscales, su contabilización y gasto;
Preparar los proyectos para reglamentar el proceso de aforo, tasación y recaudo de los gravámenes arancelarios y los demás temas relacionados;
Coordinar y preparar los proyectos para reglamentar la administración de los servicios aduaneros;
Elaborar informes y estudios sobre evasión tributaria y aduanera con el fin de trazar las políticas sobre la materia;
Fijar las políticas y promover las actividades de prevención, aprehensión y reprensión del contrabando;
Apoyar la definición de las políticas, planes y programas relacionados con el comercio exterior del país en coordinación con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo;
Contribuir al control y detección de operaciones relacionadas con el lavado de activos;
Dirigir la preparación, modificación y seguimiento del Presupuesto General de la Nación, del presupuesto de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, de las Sociedades de Economía Mixta asimiladas a éstas, de las entidades financieras de carácter público y de los recursos parafiscales en las condiciones establecidas en la ley;
Vigilar el uso de recursos públicos administrados por entidades privadas. En ejercicio de esta función podrá objetar la ejecución y administración de estos recursos, en las condiciones propuestas por el administrador de estos, cuando esta no se ajuste a la ley o a los lineamientos de la política económica y fiscal;
Participar en la elaboración del Proyecto de Ley del Plan Nacional de Desarrollo y elaborar el proyecto de ley anual del presupuesto en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación y los demás organismos a los cuales la ley les haya dado injerencia en la materia;
Administrar el Tesoro Nacional y atender el pago de las obligaciones a cargo de la Nación, a través de los órganos ejecutores o directamente, en la medida en que se desarrolle la Cuenta Unica Nacional;
Emitir y administrar títulos valores, bonos, pagarés y demás documentos de deuda pública;
Administrar las acciones de la Nación en Sociedades de Economía Mixta, que le estén vinculadas y de las otras sociedades de economía mixta en virtud de convenios interadministrativos que celebre para el efecto y coordinar los procesos de enajenación de activos y propiedad accionaria;
Efectuar el seguimiento a la gestión financiera y a las inversiones de las entidades descentralizadas del orden nacional.
Administrar el Fondo de Organismos Financieros Internacionales -FOFI- creado por la Ley 318 de 1996.
21. Custodiar y conservar los títulos representativos de valores de propiedad de la Nación y los títulos constituidos a su favor de cualquier naturaleza;
Vender o comprar en el país o en el exterior títulos valores del Gobierno Nacional y otros activos de reserva;
Fijar las políticas de financiamiento externo e interno de la Nación, de las entidades territoriales y de las entidades descentralizadas; registrar y controlar su ejecución y servicio, y administrar la deuda pública de la Nación;
Asesorar y asistir a las entidades territoriales en materia de administración pública, especialmente en los temas de eficiencia administrativa y fiscal;
Coordinar la ejecución de sus planes y programas con las entidades territoriales y prestarles asesoría, cooperación y asistencia técnica;
Expedir la regulación del mercado público de valores, por intermedio de la Superintendencia de Valores;
Participar en la regulación de las actividades financiera, bursátil, aseguradora, cooperativa, y cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversión de los recursos del ahorro público, en coordinación con la Superintendencia Bancaria o de la Superintendencia de Economía Solidaria y expedir la de su competencia. Igualmente participar en la regulación de la seguridad social;
Ejercer el control en los términos establecidos en la ley respecto de las Superintendencias Bancarias, de valores y de la Economía Solidaria;
Impulsar y poner en ejecución planes de desconcentración y delegación de las actividades y funciones en el sector;
Participar como parte del Gobierno en la regulación del sistema de seguridad social integral;
Promover, de conformidad con los principios constitucionales, la participación de entidades y personas privadas en la prestación de servicios y actividades relacionados con el ámbito de su competencia;
32.Velar por la conformación del Sistema Sectorial de información y hacer su supervisión y seguimiento;
33.Orientar la gestión de las empresas financieras y no financieras vinculadas;
Ejercer la orientación, coordinación y control de los organismos que le estén adscritos y vinculados;
Ejercer las demás atribuciones que le confiera la ley o le delegue el Presidente de la República1




MINISTRO:


Zuluaga nació en Pensilvania (Caldas), es economista de la Universidad Javeriana, tiene un master en finanzas públicas de la Universidad de Exeter Inglaterra.
Se ha desempeñado como profesor universitario en áreas como Matemáticas Financieras y Decisiones de Inversión. Además ha dirigido varias Tesis de Grado en la Universidad Javeriana, entre otras, Análisis de Riesgo en Acciones, Manejo de Tesorería y Costo Efectivo de la Devaluación.
La mayor parte de su vida la ha dedicado a la empresa privada desde Subgerente Financiero hasta Presidente de Acerías de Colombia S. A.
Oscar Iván Zuluaga fue ganador del Concurso Nacional de Tesis Universitaria de ANIF 1983 “Portafolio de Inversión de Acciones”. Distinción “10 Ejecutivos Jóvenes Sobresalientes de Colombia 1997”, Cámara Junior de Colombia Capítulo Bogotá.
Ha pertenecido a varias juntas directivas como las de Fenalco, Fedemetal, Cámara Colombo Venezolana. Fue representante de la Industria Siderúrgica Colombiana y Presidente Nacional de AIESEC COLOMBIA.
En el sector público, el nuevo Ministro de Hacienda se ha desempeñado como Concejal y Alcalde del municipio de Pensilvania (Caldas) y Senador de la República en el pasado período legislativo.

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